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El CTA hace públicas las novedades para esta temporada

Jueves 14 de agosto de 2025
G. Bañó
Foto: Fierros

El Comité Técnico de Árbitros publicó las conclusiones comentadas a los árbitros en los Seminarios de Formación de pretemporada

El Comité Técnico de Árbitros hizo públicas las conclusiones de los Seminarios de Formación de la pretemporada 2025/26 que se celebraron precisamente en Las Caldas (Oviedo), "con el objetivo de unificar la aplicación de las Reglas de Juego y garantizar la coherencia arbitral en las competiciones en las que actúen".

- Nueva regulación del tiempo de retención del balón del portero. Habrá un límite de 8 segundos. Si excede ese tiempo concederá un saque de esquina a favor del equipo rival, en lugar del libre indirecto que se aplicaba en el antiguo límite de 6 segundos.

- Penaltis con doble toque

- Si el ejecutor del penal golpea el balón de manera involuntaria con los dos pies simultáneamente o el balón le toca el pie o la pierna de apoyo justo después de ejecutar el tiro:. Si esto ocurre y el balón entra, se repetirá el lanzamiento, en caso contrario se concederá un tiro libre indirecto al equipo defensor y en el caso de una tanda de penaltis el lanzamiento se registrará como fallado.

- Si el lanzador golpea el balón de manera voluntaria con los dos pies simultáneamente o lo juega por segunda vez de manera voluntaria antes de que lo toque otro jugador, se concederá un libre indirecto al equipo defensor (a menos que el árbitro conceda ventaja cuando la acción beneficie claramente al equipo defensor) o, en el caso de las tandas de penales, el lanzamiento se registrará como fallado.

- Protestas colectivas a los árbitros. Con el objetivo de mejorar la disciplina y el respeto de los jugadores hacia los árbitros, además de reducir la presión, protestas colectivas y situaciones conflictivas, así como facilitar la gestión arbitral y la claridad en la toma de decisiones, solo los capitanes tendrán derecho a hablar con el árbitro para situaciones de consulta o aclaración de decisiones. Si se acercan otros jugadores podrán ser sancionados disciplinariamente. Además, el capitán se responsabiliza de mantener el control de sus compañeros. Por su parte, el cuarto árbitro podrá ofrecer al entrenador información sobre la decisión tomada en el terreno de juego o sobre el progreso del chequeo que el VAR está realizando.

- Protección de los jugadores. Los árbitros deberán proteger la integridad física de los jugadores y valorar los contactos y disputas teniendo en cuenta su intensidad, naturaleza y consecuencias sobre el adversario. Deberán tener en cuenta la zona con la que realizan la entrada, la zona del cuerpo en la que se impacta al adversario, la intensidad, la velocidad de la acción, la fuerza empleada en la acción y el riesgo de lesión/integridad física del adversario.

- Manos sancionables y no sancionables.

SÍ se considerará INFRACCIÓN:
▪ MANO VOLUNTARIA
Cuando un jugador toca el balón de manera voluntaria con la mano o el brazo, por ejemplo, haciendo un movimiento en dirección al balón.
▪ MANO EN POSICIÓN ANTINATURAL
Jugador que ocupa con su brazo/mano un espacio mayor, asumiendo un riesgo y, como consecuencia de ello, corta el pase de un contrario, un disparo a portería, etc.
Este tipo de situaciones abarca casos en los que:
- Mano o brazo están claramente despegados y alejados del cuerpo.
- Brazos elevados por encima del hombro (incluso aunque el jugador esté de espaldas)

NO se considerará INFRACCIÓN en los siguientes casos:
• MANO EN POSICIÓN NATURAL
• MANOS PEGADAS / PRÓXIMAS AL CUERPO
• MANOS APOYADAS O HACIA EL APOYO
Si la mano está apoyada o camino del apoyo. Mano como herramienta de soporte para mantener el equilibrio.
• MANO TRAS BALÓN JUGADO POR EL PROPIO JUGADOR
Si el jugador juega deliberadamente el balón y éste golpea su propia mano/brazo, salvo que se realice un movimiento adicional del brazo o mano hacia el balón.
• MANO PROCEDENTE DE UN DESPEJE DE UN COMPAÑERO DE EQUIPO
Si el balón proviene directamente del despeje del compañero próximo a él, impactándole en la mano o brazo, salvo que el brazo esté por encima del hombro y la acción tenga un impacto claro en la jugada y esté muy próximo a gol.
• GOL TRAS MANO ACCIDENTAL E INMEDIATA DE UN COMPAÑERO
Si el jugador marca gol inmediatamente después de que el balón le toque de manera accidental en la mano o el brazo a un compañero.
• GOL TRAS MANO ACCIDENTAL NO INMEDIATA
El jugador que logra el tanto después de que el balón le toque en la mano o el brazo de manera accidental, pero la acción no es inmediata porque se produce una conducción de balón durante una cierta distancia.

SANCIÓN DISCIPLINARIA DE LAS MANOS
En cuanto a la sanción disciplinaria a aplicar en las jugadas de manos sancionables, se mantiene el cambio llevado a cabo la temporada pasada en la valoración de las manos punibles e involuntarias que sean sancionadas como penalti. Se reducirá su sanción disciplinaria un grado, siguiendo el principio utilizado para las infracciones dentro del área en las que se valora como atenuante la posibilidad de disputa de balón con un contrario. Así pues, las acciones consideradas DOGSO (impedir una ocasión manifiesta de gol), llevarán aparejada la tarjeta amarilla de amonestación, y las acciones consideradas SPA (impedir un ataque prometedor), no llevarán aparejada sanción disciplinaria alguna.

- AGARRONES DENTRO DE LAS ÁREAS

Tras un exhaustivo análisis de las actuaciones arbitrales de la última temporada, la Comisión Técnica del CTA ha detectado una falta de uniformidad en la aplicación de las Reglas de Juego en relación con la sanción de agarrones y sujeciones dentro del área penal. Ante esta situación, se instruye a los árbitros para que:
1. Se refuerce la atención y vigilancia sobre los posibles agarrones y sujeciones en jugadas a balón parado dentro del área, especialmente en saques de esquina y tiros libres laterales.
2. El criterio para sancionar debe ser objetivo: se considerará falta sancionable todo agarrón o sujeción que impida o dificulte claramente el movimiento del adversario o suponga una acción antideportiva.
3. Se recuerda que la mera existencia de una sujeción no implica necesariamente una infracción; solo las sujeciones que tengan incidencia directa en la capacidad de juego oponente deberán ser sancionadas conforme a las Reglas de Juego.
4. Ante la duda, y siempre que sea posible, se recomienda apoyarse en la colaboración del equipo arbitral para valorar la incidencia y la gravedad de la acción. Se insta a los árbitros de VAR a actuar en caso de no actuación por parte del árbitro principal ante agarrones ostensibles y claros que impidan al jugador contrario su capacidad de movimiento.
5. Se insta a mantener y promover la coherencia y la uniformidad en la toma de decisiones, tomando como referencia las directrices y ejemplos analizados en las sesiones técnicas.

- SISTEMA VAR

Se recordó a los/as árbitros/as y VARes profesionales (VAR PRO) la esencia de la filosofía VAR y se les instó a aplicarla, tanto en la sala VOR como en el terreno de juego en casos de OFR (revisiones en la pantalla a pie de campo). Dicha filosofía se resume en los siguientes puntos:
• El VAR puede asistir al árbitro únicamente en caso de que se produzca un “error claro, obvio y manifiesto” o un “incidente grave inadvertido” en relación con:
o gol/no gol.
o penal/no penal.
o tarjeta roja directa.
o confusión de identidad (cuando el árbitro amonesta o expulsa al
jugador equivocado del equipo infractor).
• El árbitro y el resto del equipo arbitral deberán tomar siempre una
decisión inicial como si no hubiese VAR (excepto si un incidente pasa
“inadvertido”).

- CONTACTOS POSTERIORES TRAS JUGAR BALÓN.

Durante los encuentros es frecuente la aparición de diferentes tipos de contactos tras la disputa del balón por parte de un jugador, siendo esencial para el correcto desarrollo del juego que dichos contactos sean valorados de manera uniforme y fundamentada.

Esta instrucción aborda las principales tipologías de contactos posteriores, proporcionando criterios que contribuyan a una correcta interpretación de la norma basados en el espíritu y esencia del juego.

1. JUGADOR TOCA BALÓN Y POSTERIORMENTE IMPACTA EN UN CONTRARIO
En este caso, un jugador juega correctamente el balón y, en la acción de impulso o al completarse el movimiento, impacta posteriormente en el adversario. El árbitro debe analizar si la acción posterior era consecuencia directa de la disputa y, sobre todo, si es inevitable o, por el contrario, existe intensidad o algún movimiento o gesto adicional que nos haga valorar si la acción es temeraria o con un exceso de fuerza.

• Si el contacto es consecuencia inevitable de la dinámica y no hay imprudencia, temeridad ni fuerza excesiva, la acción debe ser considerada como lícita y el juego debe continuar.
• Si el contacto posterior produce un impacto con el contrario que se considere temerario, debe sancionarse con tiro libre directo y por lo tanto penalti (si fuera dentro del área), acompañado de amonestación; de hacerse con uso de fuerza excesiva, se considerará como juego brusco grave, acompañado de tarjeta roja de expulsión.

2. JUGADOR JUEGA BALÓN Y POSTERIORMENTE ES IMPACTADO POR UN CONTRARIO
Aquí, el jugador juega el balón y es el adversario quien lo golpea posteriormente, una vez que el primero ya lo ha jugado. Debe ser una infracción claramente temeraria o con uso de fuerza excesiva.
• El árbitro debe proteger la integridad del jugador que ha jugado el balón, sancionando la acción si el contacto se produjo de forma temeraria, con tiro libre directo (o penalti) y sanción disciplinaria dependiendo de la gravedad.

3. JUGADOR, TRAS JUGAR BALÓN, IMPACTA EN CONTRARIO QUE INVADE SU ESPACIO
Corresponde a jugadas donde un jugador, tras jugar el balón, impacta en un adversario que invade el espacio/la zona natural que corresponde al movimiento efectuado y es impactado después de que el primero haya jugado el balón.
El árbitro debe juzgar si existe o no un movimiento adicional.
• Si el contacto resulta ineludible y sin intención, se considera jugada fortuita.

4. PISOTONES FORTUITOS
Se consideran pisotones fortuitos no sancionables cuando los pisotones ocurren accidentalmente, de forma imprevisible y sin voluntad de que se produzcan
durante la disputa del balón, en especial, cuando ambos jugadores buscan el balón simultáneamente. Por ejemplo, en la disputa de un balón aéreo un jugador pisa al rival.
• Si el pisotón fortuito e involuntario produce un impacto en el juego/jugador en acciones próximas a gol, se sancionará técnicamente y, en relación con la sanción disciplinaria, se valorará si la acción evita un ataque prometedor o una oportunidad manifiesta de gol.
• Se hace mención de que se deben diferenciar de aquellas otras acciones en las que un jugador encima a un adversario y le pisa de forma accidental.
En estas acciones es la imprudencia del defensor la que provoca la infracción.
Se demanda ser muy precisos en la detección y evaluación de este tipo de contactos dentro de las áreas, pues tiene un alto impacto en el partido. Una labor rigurosa y ecuánime en estas acciones contribuirá a la equidad y protección del juego, evitando sancionar excesivamente contactos que son inherentes al fútbol, y reprimiendo los actos verdaderamente antideportivos, temerarios o con un alto impacto en el juego

- PENALTIS
En línea con las temporadas anteriores, hemos seguido insistiendo a los árbitros en no sancionar “pequeños contactos”, sino que la sanción de un penalti debe corresponder a una acción clara y significativa de infracción por parte de un defensor, con una correlación entre la causa y el efecto, con la suficiente
intensidad que justifique la sanción. El CTA circula estas directrices y recomendaciones con el deseo de que puedan llegar a todas las personas interesadas y tengan la mayor divulgación de su contenido.

 

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