El Comité Técnico de Árbitros publicó las
conclusiones comentadas a los árbitros en los
Seminarios de Formación de pretemporada

El Comité Técnico de Árbitros hizo públicas las
conclusiones de los Seminarios de Formación de
la pretemporada 2025/26 que se celebraron
precisamente en Las Caldas (Oviedo), "con el
objetivo de unificar la aplicación de las Reglas
de Juego y garantizar la coherencia arbitral en
las competiciones en las que actúen".
- Nueva regulación del tiempo de retención
del balón del portero. Habrá un límite de 8
segundos. Si excede ese tiempo concederá un
saque de esquina a favor del equipo rival, en
lugar del libre indirecto que se aplicaba en el
antiguo límite de 6 segundos.
- Penaltis con doble toque
- Si el ejecutor del penal golpea el balón
de manera involuntaria con los dos pies
simultáneamente o el balón le toca el pie o
la pierna de apoyo justo después de ejecutar
el tiro:. Si esto ocurre y el balón entra,
se repetirá el lanzamiento, en caso
contrario se concederá un tiro libre
indirecto al equipo defensor y en el caso de
una tanda de penaltis el lanzamiento se
registrará como fallado.
- Si el lanzador golpea el balón de manera
voluntaria con los dos pies simultáneamente
o lo juega por segunda vez de manera
voluntaria antes de que lo toque otro
jugador, se concederá un libre indirecto al
equipo defensor (a menos que el árbitro
conceda ventaja cuando la acción beneficie
claramente al equipo defensor) o, en el caso
de las tandas de penales, el lanzamiento se
registrará como fallado.
- Protestas colectivas a los árbitros.
Con el objetivo de mejorar la disciplina y el
respeto de los jugadores hacia los árbitros,
además de reducir la presión, protestas
colectivas y situaciones conflictivas, así como
facilitar la gestión arbitral y la claridad en
la toma de decisiones, solo los capitanes
tendrán derecho a hablar con el árbitro para
situaciones de consulta o aclaración de
decisiones. Si se acercan otros jugadores podrán
ser sancionados disciplinariamente. Además, el
capitán se responsabiliza de mantener el control
de sus compañeros. Por su parte, el cuarto
árbitro podrá ofrecer al entrenador información
sobre la decisión tomada en el terreno de juego
o sobre el progreso del chequeo que el VAR está
realizando.
- Protección de los jugadores. Los
árbitros deberán proteger la integridad física
de los jugadores y valorar los contactos y
disputas teniendo en cuenta su intensidad,
naturaleza y consecuencias sobre el adversario.
Deberán tener en cuenta la zona con la que
realizan la entrada, la zona del cuerpo en la
que se impacta al adversario, la intensidad, la
velocidad de la acción, la fuerza empleada en la
acción y el riesgo de lesión/integridad física
del adversario.
- Manos sancionables y no sancionables.
SÍ se considerará INFRACCIÓN:
▪ MANO VOLUNTARIA
Cuando un jugador toca el balón de manera
voluntaria con la mano o el brazo, por
ejemplo, haciendo un movimiento en dirección
al balón.
▪ MANO EN POSICIÓN ANTINATURAL
Jugador que ocupa con su brazo/mano un
espacio mayor, asumiendo un riesgo y, como
consecuencia de ello, corta el pase de un
contrario, un disparo a portería, etc.
Este tipo de situaciones abarca casos en los
que:
- Mano o brazo están claramente despegados y
alejados del cuerpo.
- Brazos elevados por encima del hombro
(incluso aunque el jugador esté de espaldas)
NO se considerará INFRACCIÓN en los
siguientes casos:
• MANO EN POSICIÓN NATURAL
• MANOS PEGADAS / PRÓXIMAS AL CUERPO
• MANOS APOYADAS O HACIA EL APOYO
Si la mano está apoyada o camino del apoyo.
Mano como herramienta de soporte para
mantener el equilibrio.
• MANO TRAS BALÓN JUGADO POR EL PROPIO
JUGADOR
Si el jugador juega deliberadamente el balón
y éste golpea su propia mano/brazo, salvo
que se realice un movimiento adicional del
brazo o mano hacia el balón.
• MANO PROCEDENTE DE UN DESPEJE DE UN
COMPAÑERO DE EQUIPO
Si el balón proviene directamente del
despeje del compañero próximo a él,
impactándole en la mano o brazo, salvo que
el brazo esté por encima del hombro y la
acción tenga un impacto claro en la jugada y
esté muy próximo a gol.
• GOL TRAS MANO ACCIDENTAL E INMEDIATA DE UN
COMPAÑERO
Si el jugador marca gol inmediatamente
después de que el balón le toque de manera
accidental en la mano o el brazo a un
compañero.
• GOL TRAS MANO ACCIDENTAL NO INMEDIATA
El jugador que logra el tanto después de que
el balón le toque en la mano o el brazo de
manera accidental, pero la acción no es
inmediata porque se produce una conducción
de balón durante una cierta distancia.
SANCIÓN DISCIPLINARIA DE LAS MANOS
En cuanto a la sanción disciplinaria a
aplicar en las jugadas de manos
sancionables, se mantiene el cambio llevado
a cabo la temporada pasada en la valoración
de las manos punibles e involuntarias que
sean sancionadas como penalti. Se reducirá
su sanción disciplinaria un grado, siguiendo
el principio utilizado para las infracciones
dentro del área en las que se valora como
atenuante la posibilidad de disputa de balón
con un contrario. Así pues, las acciones
consideradas DOGSO (impedir una ocasión
manifiesta de gol), llevarán aparejada la
tarjeta amarilla de amonestación, y las
acciones consideradas SPA (impedir un ataque
prometedor), no llevarán aparejada sanción
disciplinaria alguna.
- AGARRONES DENTRO DE LAS ÁREAS
Tras un exhaustivo análisis de las
actuaciones arbitrales de la última
temporada, la Comisión Técnica del CTA ha
detectado una falta de uniformidad en la
aplicación de las Reglas de Juego en
relación con la sanción de agarrones y
sujeciones dentro del área penal. Ante esta
situación, se instruye a los árbitros para
que:
1. Se refuerce la atención y vigilancia
sobre los posibles agarrones y sujeciones en
jugadas a balón parado dentro del área,
especialmente en saques de esquina y tiros
libres laterales.
2. El criterio para sancionar debe ser
objetivo: se considerará falta sancionable
todo agarrón o sujeción que impida o
dificulte claramente el movimiento del
adversario o suponga una acción
antideportiva.
3. Se recuerda que la mera existencia de una
sujeción no implica necesariamente una
infracción; solo las sujeciones que tengan
incidencia directa en la capacidad de juego
oponente deberán ser sancionadas conforme a
las Reglas de Juego.
4. Ante la duda, y siempre que sea posible,
se recomienda apoyarse en la colaboración
del equipo arbitral para valorar la
incidencia y la gravedad de la acción. Se
insta a los árbitros de VAR a actuar en caso
de no actuación por parte del árbitro
principal ante agarrones ostensibles y
claros que impidan al jugador contrario su
capacidad de movimiento.
5. Se insta a mantener y promover la
coherencia y la uniformidad en la toma de
decisiones, tomando como referencia las
directrices y ejemplos analizados en las
sesiones técnicas.
- SISTEMA VAR
Se recordó a los/as árbitros/as y VARes
profesionales (VAR PRO) la esencia de la
filosofía VAR y se les instó a aplicarla,
tanto en la sala VOR como en el terreno de
juego en casos de OFR (revisiones en la
pantalla a pie de campo). Dicha filosofía se
resume en los siguientes puntos:
• El VAR puede asistir al árbitro únicamente
en caso de que se produzca un “error claro,
obvio y manifiesto” o un “incidente grave
inadvertido” en relación con:
o gol/no gol.
o penal/no penal.
o tarjeta roja directa.
o confusión de identidad (cuando el árbitro
amonesta o expulsa al
jugador equivocado del equipo infractor).
• El árbitro y el resto del equipo arbitral
deberán tomar siempre una
decisión inicial como si no hubiese VAR
(excepto si un incidente pasa
“inadvertido”).
- CONTACTOS POSTERIORES TRAS JUGAR BALÓN.
Durante los encuentros es frecuente la
aparición de diferentes tipos de contactos
tras la disputa del balón por parte de un
jugador, siendo esencial para el correcto
desarrollo del juego que dichos contactos
sean valorados de manera uniforme y
fundamentada.
Esta instrucción aborda las principales
tipologías de contactos posteriores,
proporcionando criterios que contribuyan a
una correcta interpretación de la norma
basados en el espíritu y esencia del juego.
1. JUGADOR TOCA BALÓN Y POSTERIORMENTE
IMPACTA EN UN CONTRARIO
En este caso, un jugador juega
correctamente el balón y, en la acción de
impulso o al completarse el movimiento,
impacta posteriormente en el adversario. El
árbitro debe analizar si la acción posterior
era consecuencia directa de la disputa y,
sobre todo, si es inevitable o, por el
contrario, existe intensidad o algún
movimiento o gesto adicional que nos haga
valorar si la acción es temeraria o con un
exceso de fuerza.
• Si el contacto es consecuencia inevitable
de la dinámica y no hay imprudencia,
temeridad ni fuerza excesiva, la acción debe
ser considerada como lícita y el juego debe
continuar.
• Si el contacto posterior produce un
impacto con el contrario que se considere
temerario, debe sancionarse con tiro libre
directo y por lo tanto penalti (si fuera
dentro del área), acompañado de
amonestación; de hacerse con uso de fuerza
excesiva, se considerará como juego brusco
grave, acompañado de tarjeta roja de
expulsión.
2. JUGADOR JUEGA BALÓN Y POSTERIORMENTE
ES IMPACTADO POR UN CONTRARIO
Aquí, el jugador juega el balón y es el
adversario quien lo golpea posteriormente,
una vez que el primero ya lo ha jugado. Debe
ser una infracción claramente temeraria o
con uso de fuerza excesiva.
• El árbitro debe proteger la integridad del
jugador que ha jugado el balón, sancionando
la acción si el contacto se produjo de forma
temeraria, con tiro libre directo (o
penalti) y sanción disciplinaria dependiendo
de la gravedad.
3. JUGADOR, TRAS JUGAR BALÓN, IMPACTA EN
CONTRARIO QUE INVADE SU ESPACIO
Corresponde a jugadas donde un jugador,
tras jugar el balón, impacta en un
adversario que invade el espacio/la zona
natural que corresponde al movimiento
efectuado y es impactado después de que el
primero haya jugado el balón.
El árbitro debe juzgar si existe o no un
movimiento adicional.
• Si el contacto resulta ineludible y sin
intención, se considera jugada fortuita.
4. PISOTONES FORTUITOS
Se consideran pisotones fortuitos no
sancionables cuando los pisotones ocurren
accidentalmente, de forma imprevisible y sin
voluntad de que se produzcan
durante la disputa del balón, en especial,
cuando ambos jugadores buscan el balón
simultáneamente. Por ejemplo, en la disputa
de un balón aéreo un jugador pisa al rival.
• Si el pisotón fortuito e involuntario
produce un impacto en el juego/jugador en
acciones próximas a gol, se sancionará
técnicamente y, en relación con la sanción
disciplinaria, se valorará si la acción
evita un ataque prometedor o una oportunidad
manifiesta de gol.
• Se hace mención de que se deben
diferenciar de aquellas otras acciones en
las que un jugador encima a un adversario y
le pisa de forma accidental.
En estas acciones es la imprudencia del
defensor la que provoca la infracción.
Se demanda ser muy precisos en la detección
y evaluación de este tipo de contactos
dentro de las áreas, pues tiene un alto
impacto en el partido. Una labor rigurosa y
ecuánime en estas acciones contribuirá a la
equidad y protección del juego, evitando
sancionar excesivamente contactos que son
inherentes al fútbol, y reprimiendo los
actos verdaderamente antideportivos,
temerarios o con un alto impacto en el juego
- PENALTIS
En línea con las temporadas anteriores,
hemos seguido insistiendo a los árbitros en no
sancionar “pequeños contactos”, sino que la
sanción de un penalti debe corresponder a una
acción clara y significativa de infracción por
parte de un defensor, con una correlación entre
la causa y el efecto, con la suficiente
intensidad que justifique la sanción. El CTA
circula estas directrices y recomendaciones con
el deseo de que puedan llegar a todas las
personas interesadas y tengan la mayor
divulgación de su contenido.