El BOPA publicado esta mañana
recoge "Instrucciones para la prevención de la Covid-19
en relación con el inicio y desarrollo del deporte
base escolar en el Principado de Asturias", con el
objetivo de que "la práctica se realice con el
máximo nivel de seguridad posible".
Estas medidas, que incluyen la suspensión de los
Juegos Deportivos escolares "hasta que no varíen las
actuales condiciones de la pandemia en Asturias",
solamente afectan al deporte escolar, según apuntan
fuentes de la RFFPA. El fútbol base
federado irá conociendo los calendarios y el formato
de las competiciones en las próximas semanas. Esta
temporada será novedoso por la incidencia de la Covid-19, motivo por el cual está previsto que se
creen más grupos o subgrupos para acortar el periodo
competicional.
Primera.—Objeto y ámbito temporal.
Las presentes Instrucciones tienen por
objeto que la práctica del Deporte Base se
realice con el máximo nivel de seguridad
posible, estableciendo-transitoriamente-medidas
de carácter preventivo y organizativo para sus
practicantes en edad escolar que eviten o
minimicen los riesgos de la COVID -19 en el
inicio de sus entrenamientos y prácticas
deportivas de carácter no competitivo, durante
el período comprendido en el calendario escolar
del curso 2020/2021.
Segunda.—Ámbito de aplicación.
Las presentes instrucciones serán de
aplicación al Deporte base practicado tanto en
el ámbito de los Juegos Deportivos Escolares
como en el ámbito Federativo, promovido por
cualquier entidad deportiva, y que incluye
niños, niñas y jóvenes con edades comprendidas
entre los 3 y los 16 años (etapas educativas de
enseñanza infantil, primaria y secundaria).
Tercera.—Medidas preventivas.
En el ámbito de aplicación de las presentes
Instrucciones, se adoptarán las siguientes
medidas preventivas:
1.º En el ámbito de los Juegos Deportivos:
A. No se contempla el desarrollo de
competiciones deportivas derivadas del Programa
de los Juegos Deportivos hasta que no varíen las
actuales condiciones de la pandemia en el
Principado de Asturias, a tenor de la
información que faciliten las autoridades
sanitarias autonómicas. Sin embargo, en aras de
favorecer la práctica deportiva saludable y la
ocupación activa del ocio, se establecerá un
escenario que favorezca la posibilidad de
entrenar y desarrollar habilidades básicas y
específicas deportivas en condiciones de
seguridad.
B. Los niños, niñas y jóvenes que se inscriban
en los mismos tomarán parte en actividades
deportivas organizadas y dirigidas
(entrenamientos) a través de: Escuelas
deportivas de centros educativos (organizadas
por AMPAS , Departamentos de Educación Física,
etc.); Escuelas deportivas de Ayuntamientos
(organizadas por los Ayuntamientos a través de
sus Fundaciones municipales, Patronatos,
Concejalías de deportes, etc.); o Escuelas
deportivas de clubes deportivos (en forma de
escuelas polideportivas, de escuelas deportivas
específicas, de escuelas deportivas
especializadas, etc.).
C. Se procurará el desarrollo de entrenamientos
y prácticas deportivas de carácter no
competitivo de forma asociada, preferentemente,
por unidad o centro escolar.
2.º En ámbito federativo promovido por cualquier
entidad deportiva:
Dado que el grupo poblacional de referencia es
el mismo y en su condición de agentes
colaboradores de la Administración, las
Federaciones Deportivas asturianas deberán
planificar su actividad de forma coordinada con
la Administración Deportiva, en lo que se
refiere al Deporte Base en Edad Escolar, por lo
que únicamente podrán reiniciar los
entrenamientos y las prácticas deportivas de
carácter no competitivo. Esta actividad podrá
iniciarse una vez se disponga del
correspondiente protocolo aprobado, pudiendo
mantenerse-para cada modalidad-mientras no
varíen las actuales condiciones de la pandemia
en el Principado de Asturias, a tenor de la
información que faciliten las autoridades
sanitarias autonómicas.
3.º En ambos ámbitos:
El entrenamiento y las prácticas deportivas de
carácter no competitivo se realizarán sin
público y conforme a los protocolos aprobados
para cada modalidad deportiva, con independencia
de si son deportes de mayor, menor o nulo
contacto físico.
Cuarta.—Seguimiento y coordinación.
Al amparo de los mecanismos de coordinación
existentes en el ámbito de la Consejería Salud,
se analizará la evolución de la pandemia a fin
de determinar, conforme a criterios sanitarios,
el posible inicio de las competiciones
deportivas, en el ámbito de aplicación de las
presentes instrucciones.
Para ello se tomarán, como referencia secuencial
una serie de escenarios asociados al calendario
escolar, en función de la evolución de la
pandemia. Una vez analizada la situación en cada
caso, desde la Comisión Organizadora Autonómica
(COA ) de los Juegos Deportivos 2020/2021, se
podrá avanzar desde la fase inicial autorizada
en las presentes
Instrucciones y relativa al desarrollo de
entrenamientos y prácticas deportivas de
carácter no competitivo; hacia posibles
escenarios de organización de competiciones de
carácter local, zonal, interzonal, o autonómica,
si las condiciones sanitarias lo permitieran en
cada momento.
Las decisiones de esta Comisión relativas a las
competiciones se comunicarán a todas las
Federaciones deportivas asturianas y resto de
principales agentes colaboradores para su
implementación coordinadamente en su ámbito de
actuación.
Estas Instrucciones entrarán en vigor el día
siguiente a su publicación en el Boletín Oficial
del Principado de Asturias.